Sociedad de Gananciales: ¿Qué es y para qué sirve?

Sociedad de Gananciales: ¿Qué es y para qué sirve?

La sociedad de gananciales es un régimen económico matrimonial por el que se consideran comunes las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio.

Características

  • Se aplica por defecto: Si los cónyuges no establecen otro régimen económico matrimonial en capitulaciones matrimoniales, se aplicará el régimen de sociedad de gananciales.
  • Comunidad de bienes: Los bienes gananciales son propiedad de ambos cónyuges por partes iguales.
  • Administración de los bienes: Ambos cónyuges pueden administrar los bienes gananciales.
  • Disolución de la sociedad: La sociedad de gananciales se disuelve por el fallecimiento de uno de los cónyuges, por el divorcio o por la nulidad del matrimonio.

Bienes gananciales

  • Los frutos, rentas y productos de los bienes privativos de cada cónyuge.
  • Los bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio.
  • Las empresas y establecimientos industriales o comerciales que cualquiera de los cónyuges explote por sí o con terceros.
  • Los bienes adquiridos por subrogación de los gananciales.

Bienes privativos

  • Los bienes que cada cónyuge tenía antes de contraer matrimonio.
  • Los bienes que cada cónyuge adquiera después del matrimonio por título gratuito (herencia, donación).
  • Los bienes adquiridos con el precio de los bienes privativos.
  • Los bienes de uso personal.
  • Los instrumentos de trabajo.

Ventajas de la sociedad de gananciales

  • Permite la formación de un patrimonio común.
  • Facilita la colaboración económica entre los cónyuges.
  • Protege a los cónyuges en caso de que uno de ellos no pueda trabajar.

Desventajas de la sociedad de gananciales

  • Puede generar conflictos entre los cónyuges en la administración de los bienes.
  • Puede dificultar la obtención de financiación individual.
  • En caso de deudas, ambos cónyuges son responsables.

Ejemplo:

Si un matrimonio compra una vivienda durante el matrimonio, la vivienda será un bien ganancial, aunque solo uno de los cónyuges haya pagado el precio.

Recomendación:

Es importante consultar con un abogado para obtener asesoramiento sobre el régimen económico matrimonial más adecuado para cada caso.

Autor: Jose Luís

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.

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